A partir de las 00:00 horas de la noche del domingo al lunes 12 de octubre, entraron en vigor las medidas de restricción de movilidad y de actividad por razón de salud pública para la contención del COVID-19 dictadas por la Comunidad de Madrid. Dichas medidas entraron en vigor en la zona básica de salud de #Arganda del Rey (correspondiente al Centro de Salud situado en el Camino del Molino), no teniendo vigor en la zona básica de salud de Arganda-Felicidad (la correspondiente al Centro de Salud de la calle Felicidad). Cabe recordar que el municipio de Arganda del Rey está dividido en dos zonas básicas de salud, una denominada Arganda del Rey y otra Arganda-Felicidad, afectando las restricciones únicamente a la primera de ellas. En este enlace se puede descargar el mapa con las zonas en mayor calidad: https://www.ayto-arganda.es/Visorpdf/web/viewer.html….
En la zona básica afectada se establece la restricción de entrada y salida en el perímetro de la misma salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
Se permite la circulación de personas residentes dentro de las zonas básicas de salud afectadas, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
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